Sin embargo, considero aconsejable que sean las partes quienes interroguen al menor, dada la idea del sistema adversativo y acusatorio que conllevaba el espíritu de la reforma. (Dr. Alejandro Decastro- Abogado penalista). Vías comunes (contradicciones, omisiones, parcialidad). Y es que en el sistema adversativo[18], por lo general, las partes tienen versiones antagónicas de los hechos pasados; o tienen diferente interpretación de esos mismos hechos, por lo que pretenden convencer y persuadir al juez con ‘su verdad’. Convencerle en cuanto a la razón, el intelecto, respecto del hecho histórico; persuadirle en cuanto a su sentimiento, emoción, pasiones humanas, despertándole la simpatía por la persona en su caso. El testigo puede ser tachado por parentesco con la parte que lo alega a su favor a fin de garantizar la imparcialidad del mismo, y la norma no fija al grado de consanguinidad o afinidad que deba tener el testigo para ser tachado. Buenas noches doctora, en casos complejos donde el testigo declara, se puede realizar mas de un refrescamiento de memoria dentro de un mismo interrogatorio?. Cf. … Semanario Judicial de la Federación Décima Época 2020094 1 de 1 Tribunales Colegiados de Circuito Publicación: viernes 14 de junio de 2019 10:20 h Tesis Aislada (Penal) RECURSO DE APELACIÓN EN EL SISTEMA PENAL ACUSATORIO. Juan-julio 2015, me chocaron el vehículo el la puerta del pasajero, la…, Esto del seguro compulsorio es una verguenza. Profr. A partir de tales nociones, la idea de la prohibición a las preguntas sugestivas tiene por objeto impedir que la información de donde surgirán los elementos de convicción sea ‘inspiración’ de las parte, lo que vuelve nugatoria la posibilidad de llegar a la reconstrucción conceptual del hecho, pues sólo se obtendría información parcializada, coherente  con la pretensión de la parte que interroga en el proceso, afectándose el principio de ‘verdad material o real’ cuando estamos en presencia de un interrogatorio destinado a obtener información primaria o novedosa, que todavía no ha sido extraída ni  incorporada en el juicio[81]. Sólo un tanto por ciento muy escaso de testimonios espontáneos, dicen todo lo que interesa y nada más que lo que interesa, como señala MIRA Y LÓPEZ, De igual forma, “la creencia en el valor del diálogo” propio del principio democrático consagrado en la Constitución, Por ello, tal facultad de interrogar al testigo debe hacerse, como señala la reforma a dicha disposición al enunciar: “El presidente y los otros miembros del tribunal, podrán interrogar al perito o testigo, pero con las limitaciones que el deber de imparcialidad les impone”, En tal tema se aconseja que las preguntas, De la misma manera, no es aconsejable que el Jurado o los miembros del Tribunal del jurado, interroguen al testigo, perito o al imputado (art.372 inc.2º CPP), pues no sólo pueden infringir su deber de imparcialidad al generar los mismos efectos destructivos a la estrategia de las partes, sino que acarrea un problema para éstas, en tanto que no les convendrá objetar las preguntas que el Jurado (o el Juez en su caso) hagan, pues en última instancia, son quienes decidirán el litigio, De la misma manera, en el caso de interrogatorio de menores, el art. BERGMAN, Paul, La defensa del juicio…, p. 47-55. La ley del más débil, Trotta, Madrid, 1999. Fundamentos de la relación procesal penal. FUNDAMENTOS SOBRE LA INTRODUCCIÓN DE LAS TÉCNICAS DE INTERROGATORIO. Lo anterior, muy por lo contrario al rol que había venido asumiendo en un sistema viciado e influido por la cultura inquisitiva, en el que tenía un rol protagónico en la búsqueda y acreditación de la ‘verdad real’. 4) Exhibición y reconocimiento de la declaración previa por parte del testigo. (3) Sólo es utilizado para refrescar la memoria antes de testificar en el juicio, y en su discreción, el Tribunal estima que es innecesario requerir su presentación. Tal vez lo que pueda constituir una excepción pueda generar polémica, sería el caso del interrogatorio por parte del imputado  a la víctima o testigos, cuando se trate de menores de edad, por la “revictimización” y el impacto psicológico en el menor; sin embargo, omitiremos hacer consideraciones al respecto, pues sello requiere de un mayor análisis que excede los fines de este trabajo. ¿Dónde me siento? La réplica, por el contrario, es la refutación hecha a la argumentación oral, hecha por el adversario, destacando las debilidades del caso y sacando inferencias favorables de las pruebas, respondiendo a los argumentos y fortalezas de la parte acusadora. Para efectos prácticos, debiera preguntársele únicamente si se considera inocente o culpable, no siendo en este caso que tal respuesta la dé bajo juramento, quedando aún su admisión de culpabilidad sujeta a confirmación con los elementos de prueba a producirse en el juicio. a> “Debiendo todo hombre presumirse inocente mientras no sea declarado culpable, si se juzga indispensable arrestarlo todo rigor innecesario para apoderarse de su persona debe ser severamente reprimido por la ley”, en LLOBET RODRÍGUEZ, Javier, Proceso penal comentado…, p. 92. Inconsistencias, 2f. 2.1. SUSCRÍBETE Y CONTINÚA LA EXPERIENCIA LEGIS, Actualizado hace 10 minutos | ISSN: 2805-6396, Utilización de una declaración anterior para refrescar memoria del testigo no puede condicionarse por las partes (3:53 p.m.), Estos son los inscritos para las vacantes dentro de la Corte Suprema de Justicia, Contener una relación normativa no le quita a una obra el carácter de originalidad para ser protegida, Suspensión de términos por cuenta del paro judicial no siempre es atribuible a la administración de justicia. Ver, COPI, Irving M., Introducción a la lógica, Editorial Universitaria de Buenos Aires (EUDEBA), Buenos Aires, 1969, p. 59-91. Entre ellas se menciona la forma de elaboración de las preguntas, a fin de evitar la sugestividad, como es el hecho que se inicien a partir de las siguientes preguntas: ¿Qué?, ¿Quién?, ¿Cómo?, ¿Cuándo?, ¿Dónde? Para VÉLEZ MARICONDE[44], la presunción de inocencia, tiene al menos, tres consecuencias importantes: Tal principio constituye más bien una norma constitucional vinculante para todos los poderes públicos, que incluye a los jueces al momento del juicio oral y público, en especial, respecto de la carga de la prueba y al deber de imparcialidad del juez. Nuestra hipótesis de trabajo será esta última, es decir, la que sustenta que la cultura inquisitiva[1] sigue pesando en el actuar diario de nuestros tribunales de justicia, situación a la que coadyuva la persistencia en el nuevo Código Procesal Penal de algunos principios del sistema anterior, como es el caso, por ejemplo, del art. Es la principal oportunidad para introducir los elementos de prueba de los hechos que se pretenden probar[95]. Mtro. [35] HESSE, Konrad, Escritos de Derecho Constitucional, Centro DE Estudios Constitucionales, Madrid, 1992, p. 65. Es decir un solo testigo puede ser suficiente para la probanza de un hecho sin que sea obligatorio dos o más lo cual rompe una tradición milenaria ejemplificada en el viejo testamento en Deuteronomio 19: 5. WebComo también se le ha denominado “sentar las bases probatorias antes de incorporar un Elemento Material Probatorio en Audiencia de Juicio Oral propiamente” en el sistema … [21] En contra de este sistema adversativo, sobre todo por la forma de llegar a la “verdad”, se postula abiertamente IGARTÚA SALAVERRÍA, al referirse a los dos modelos de fines del proceso, ya sea que con él se declare la verdad de los hechos, o que el proceso sea un medio de solución de conflictos. Las falacias de antigencia , a su vez puede ser: 1) Conclusión. El testigo puede ser impugnado por su falta de credibilidad, en razón a que el testimonio exige que quien lo de sea probo y honeste, y cuando está demostrado que el testigo a mentido antes, o ha incurrido en injuria o calumnia, por ejemplo, afecta su credibilidad y el testimonio que dé puede no ser confiable por los antecedentes que se acrediten. Por lo tanto, una verdad judicial que sea “cierta”, “objetiva” o “absoluta”, “representa siempre la expresión de un ideal inalcanzable”[15]. [91] Evidencia de credibilidad, la que establece hechos que afectan favorable o desfavorablemente la verosimilitud y el carácter más o menos fidedigno de los relatos. QUESADA PACHECO, Jorge Arturo, Análisis del discurso oral en el proceso penal, EUNED, San José, 1998. De tal forma, la deposición del imputado debería ser tratada y estructura de la misma manera que la del testigo o perito, no siendo admisible el relato (art.. 261 y 340 inc. 2 y ss. 348 CPP señala que el juez debe procurar que el interrogador no ejerza presiones indebidas ni ofenda la dignidad del declarante. [111] BERGMAN, Paul, La defensa…, p. 171. Si embargo, aún hay muchos ordenamientos jurídicos que tienen la modalidad de la escritura en sus procesos penales, sin que se aduzca que se violenta la normativa internacional. La revocatoria procede en caso de que se resuelva la objeción –sea por el Presidente, sea por el tribunal colegiado– sin sustanciación (art. Michie of Puerto Rico, San Juan, 1996, p. 29. b) Posibilidad de “interrogar” o “hacer interrogar” a los testigos de cargo. Es aconsejable el contacto visual con el juez o jurado, variar el tono de la voz, el uso de las palabras comunes y oraciones sencillas, el uso de temas y preguntas retóricas y de analogías y anécdotas, evitar el histrionismo, explicar brevemente los términos complejos, exige mucha confianza en sí mismo, por lo que debe utilizarse los aspectos más convincentes de la estrategia fijada. 9. [53] FERRAJOLI, Luigi, Derecho y Razón…, p. 582-583. [92] Evidencia explicativa es un forma de evidencia afirmativa que pretende indicar al juzgador ‘por qué’ los hechos de una misma historia sucedieron como uno afirma que fue el caso. 415 CPP), es decir, sin oír a la parte contraria, es decir, aquella que formula la pregunta objetada; por lo que puede recurrir en revocatoria, y una vez oídas ambas partes, el tribunal la decide en pleno o colegiada, El alegatos de cierre tienen por objeto convencer al juez que las proposiciones fácticas planteadas son exactas y justas conforme a la evidencia presentada, Otro aspecto importante, es el relativo a las reglas de comportamiento forense, dentro de las que destacan, la reverencia al juez, el control del lenguaje no verbalizado (, GOLDBERG compara al juicio con una pieza teatral. 186 inciso 5° de la Constitución de la República: “La ley deberá asegurar  a los jueces protección para que ejerzan sus funciones con toda libertad, en forma imparcial y sin influencia alguna en los asuntos que conocen; y los medios que les garanticen una renumeración justa y un nivel de vida adecuado a la responsabilidad de sus cargos.”, [50] “Imparcialidad e independencia de los Jueces. 87 0 obj <> endobj A estas alturas es indiscutible el carácter normativo de la Constitución[32], y la vinculatoriedad y la obligatoriedad de las normas constitucionales para todos los poderes públicos[33]. Buenas noches doctora, 5) Que el testigo lea para sí la declaración previa en lo pertinente (ya que el documento no debe sustituir la declaración del testigo). 52.- Corresponderá al tribunal del jurado el juzgamiento, en vista pública de todos los delitos, salvo aquellos en que sea competente el tribunal de sentencia”. El testimonio y por consiguiente el testigo, es un medio probatorio que se puede utilizar en cualquier proceso ya sea laboral, civil, tributario, administrativo, etc., y la credibilidad de este puede ser impugnada. 4.3. Como características de la objeción tenemos que es un medio de defensa para impedir la admisión de cierto elemento de prueba que sea lesivo a las garantías  del imputado o que pretenda ingresar en forma viciada. 3b. El relato espontáneo tiene el defecto de ser, por una parte, incompleto, y por otra, irregular, pues el sujeto no se extiende uniformemente en su explicación; y además, ofrece demasiado material impertinente, pues en múltiples ocasiones elementos interpelados que nada son útiles, antes bien, sólo sirven para hacer perderse a quien los consulte en detalles sin importancia, siendo esos impertinentes, irrelevantes e inútiles. “…cualquier exteriorización del fuero interno de una persona realizada con anterioridad -al juicio- y que consta en algún soporte, cualquiera … Y por sinonimia, se entiende sugestión tanto inspirar o insinuar, como dominar la voluntad: por lo que queda prohibida la segunda idea respecto a las preguntas sugestivas. Por ningún motivo los otros Órganos del Estado podrán arrogarse el conocimiento de las causas, ni la reapertura de las terminadas por decisión firme, ni interferir en el desarrollo del procedimiento. recordar algún hecho que se le ha … De tal suerte, pues, que le constituyente configuró un marco normativo que establecía cómo debía ser el proceso penal salvadoreño[63] y cuál era un rol de los intervinientes en el proceso penal; sin embargo, no fue sino hasta 1998 que la Asamblea Legislativa realizó la concreción legislativa con la entrada en vigencia del Código Procesal Penal, que desarrolla tanto las disposiciones constitucionales, dando a los intervinientes ‘nuevos roles’ frente a las actuaciones que venía realizando con el Código Procesal Penal de 1974, ahora derogado. Refrescamiento de memoria de testigos. Compendio de actos para su desarrollo, Imprenta Criterio, San Salvador, junio de 1999, p. 41-48. Selección y diseño de las preguntas para el contraexamen. CARLOS S. FAYT, Juez universal al servicio del derecho, Necesidad de legislar sobre el voto en blanco, Acciones Afirmativas e Intervención del Estado en la Economía: El Ejemplo Americano. REFRESCAR MEMORIA. 6) Fundamentar que la declaración previa refrescó la memoria. 100 0 obj <>stream 348 CPP, Sin embargo, las técnicas de oralidad no se limitan al interrogatorio de los órganos de prueba, sino que también existen técnicas de oralidad que se relacionan con todo el debate, Si bien es cierto, tales técnicas se relacionan más que todo con la actividad de las partes, Las partes han de llegar ante el tribunal con una historia legal, verosímil y persuasiva, Esa evidencia se clasifica en: (1) evidencia afirmativa, Es la principal oportunidad para introducir los elementos de prueba de los hechos que se pretenden probar, Dentro de la estrategia de presentación de la prueba y de los elementos de prueba que suministre el testigo, existen al menos dos formas: (1) El cronológico, que pretende recrear los hechos conforme al orden de cómo sucedieron en el tiempo, Por otra parte, en cuanto al contenido y forma de las preguntas, se aconseja la sencillez y brevedad; el uso de las preguntas abiertas, Por el contrario, son prohibidas por regla general las preguntas sugestivas, pero además no se recomiendan por los inconvenientes técnicos que pueden producir, Son prohibidas además, las preguntas capciosas, que son aquellas de doble sentido, que pretenden confundir al testigo e inducirle a dar una respuesta errónea, mendaz o ambigua; y las preguntas impertinentes, que son las que no se relacionan con el objeto de prueba, Es el interrogatorio de un testigo por la parte que no hizo el interrogatorio directo, es decir, por la contraparte. Cómo debería procederse en ese tipo de casos? (…) En términos generales la congruencia de los relatos en lo central y en lo periférico, da crédito a los declarantes individualmente considerados y permite reconstruir la especie bajo investigación judicial; pero en particular la coherencia en le tema central permite establecer el hecho histórico, en tanto la consistencia en los aspectos periféricos prueba la confiabilidad del testigo. Las declaraciones que se obtengan sin la voluntad de la persona carecen de valor, quien así las obtuviere y empleare incurrirá en responsabilidad penal”. 349 CPP establece que será conducido por el presidente del tribunal, si lo considere necesario, con base a las preguntas presentadas por las partes[75]. El art. VÉLEZ MERICONDE, Alfredo, Derecho Procesal Penal, Tomo II, Lerner, Córdova, 3º Edición, 1º Reimpresión, 1981. Compendio de actos para su desarrollo…, p. 49. Definición de Impugnación de Testigos publicada por Víctor Manuel … Además señala que ello “ha contribuido a borrar ciertas características de la tarea del tribunal judicial, imprescindibles para sostener la imparcialidad (falta de interés en la decisión del caso) y su arribo a la decisión con la menor cantidad de perjuicios; (…) (y) se vincula con el desprecio absoluto por el valor material de la voluntad de los protagonistas del caso”[54]. [33] Art. Para ello fue necesario analizar el fin de esa prohibición e interpretando su alcance de acuerdo a los fines del proceso penal y algunos principios constitucionales, Se entienden por preguntas sugestivas, aquellas que sugieren las respuesta. WebEl refrescamiento de memoria es el proceso de la lectura periódica de información de un área de la memoria de computadora, e inmediatamente reescribir la información leída en la misma área sin modificaciones. (A) Sujeto a lo dispuesto en el inciso (C) de esta Regla, si durante su testimonio o con anterioridad al mismo, una persona testigo utilizare un escrito para refrescar su memoria sobre cualquier asunto objeto de su testimonio, será necesario presentar en la vista dicho escrito a solicitud de cualquier parte adversa. No obstante de lo anterior cada procedimiento tiene particularidades en cuanto a su dinámica interna para llevar a cabo los actos procesales, tal es el caso que en el Código Nacional de Procedimientos Penales se establecen reglas específicas para el desahogo de un testimonio. 1. El dato recibido es objetivo, no tiene imputación. La tensión entre derechos humanos y autodeterminación. Así, se han adoptado una serie de instituciones que no sólo constituyen excepciones a tales principios, sino que constituyen incluso reglas generales que los contrarían completamente. [32] Ver: GARCIA DE ENTERÍA, Eduardo, La constitución como norma y el Tribunal Constitucional, Civitas, Madrid, 3ra. Con tales observaciones, el legislador reformó el art. [58] Aunque  jurídicamente sea posible y permisible  que el imputado pueda contrainterrogar a los testigos de cargo en su contra, técnicamente no es recomendable; pues el dominio de las técnicas de interrogatorio requiere de un conocimiento especializado que el imputado no tiene; por ello es aconsejable que “haga interrogar” al testigo, por medio de su abogado defensor, sobre los puntos que él quiere cuestionar en su defensa. a) Juicio oral y público, intervención, contradicción y defensa. ecto, en los siguientes casos: (1) testigo hostil de la parte contraria o al testigo identificado con ésta; (2) dificultad de expresión por razón de la edad, limitada educación o causa semejante, o por razones de pudor esté renuente a deponer libremente. 393 C.P.P. en el Juicio Oral Penal, Derecho Penal Moderno un Debate: Seguridad Vs Derechos Fundamentales, El Interrogatorio en el Proceso Penal Acusatorio y Oral, Prueba Material en el Proceso Penal Méxicano, Prueba Nueva y de Refutación en el Proceso Penal Acusatorio y Oral, Teoría del delito y estrategias de defensa, Detectar Mentiras Observando la Cara y Los Ojos, La importancia de la Investigación Criminalistica, La Prueba Pericial en el Sistema Acusatorio Adversarial, La teoría de la imágen pública aplicada al perito en el sistema acusatorio adversarial, La Trilogía Investigadora en el Sistema Acusatorio Adversarial. N. o es incorporada como prueba, ni físicamente ni a través de lectura (debe … Ciertamente, el Juez debe decidir la ‘verdad’ epistemológica  respecto del caso, pero es a las partes  a quienes les corresponde probar los extremos de sus pretensiones, mediante la acreditación, contradicción, el debate, el ‘, Pero frente a esta enorme actividad desplegada por las partes, a contrario, Instituido como un tercero supra partes, cuya caracterización y garantía orgánica más importante es la imparcialidad frente al litigo, y no siendo titular de pretensión alguna, el juez debe asumir un rol eminentemente pasivo frente a la actividad probatoria, debiendo l, Salvo esa excepcional actividad del juez, en su calidad del árbitro y directo del debate, Es de reconocer, por otra parte, que inicialmente, con la adopción del Código Procesal Penal, el referido art. Finalmente, en cuanto a la valoración de la prueba, se parte de un sistema de inferencias probabilísticas para la declaración de la verdad, en la que ya no se habla simplemente de deducción o inducción, sino de abducción del hecho respecto de la norma y de la decisión de la constatación de la realidad y la aplicación de la norma al caso concreto. El principio de verdad real se configura como principio limitativo del ius puniendi, siendo ésta un producto, no del simple decisionismo voluntarista y arbitrario del Juez, sino de una actividad dinámica propia de las disciplinas cognoscitivas. WebDerecho de Familia. Salvo esa excepcional actividad del juez, en su calidad del árbitro y directo del debate[65], su función debe limitarse a ser un observador minucioso de los elementos de prueba que se están produciendo frente a él, para decidir el litigo. 2. trailer BERGMAN, Paul, La defensa en juicio…,p. %%EOF Con la entrada en vigencia de la Constitución de la República, en 1983, el constituyente diseñó o configuró un proceso penal en que los intervinientes tenían bien claras y delimitadas sus funciones, tanto en cuanto a la función del juez[59], el del Fiscal General de la República[60], los derechos del imputado[61], y en especial, a su defensa, sea particular como pública, a través de la Procuraduría General de la República[62]. Esta función será más fácil cuanto más nítida sea la percepción. Tal teoría se divide en la teoría fáctica y en teoría jurídica. [41] Así, en El Salvador, lo adoptan tanto la Constitución como el Código Procesal Penal, así: Art. ¿Un tema ignorado en México? del 14- feb- 97, que declaró inconstitucional los artículos 2 Inciso 1˚, 15 y 22 de la “Ley Transitoria de Emergencia contra la Delincuencia y  el Crimen Organizado”, Publicaciones Especiales, Corte Suprema de Justicia, N˚ 23, San Salvador, República de El Salvador, 1997. 2, PRJ, San Salvador, 1992. [81] MARROQUÍN GALO, José Fernando, ¿Existe conflicto…, p. 9. Año académico. [48] FERRAJOLI resalta al menos cuatro poderes que le corresponden al juez: 1) De interpretación de las leyes o verificación jurídica, 2 ) de valoración de la prueba o verificación fáctica, 3) la connotación equitativa y 4) la disposición discrecional. (…)”, se limita únicamente a preguntar y examinar materias nuevas procedentes del interrogatorio inmediatamente anterior, es decir, que queda limitado únicamente a impugnar  o refutar la prueba de rehabilitación producida en el interrogatorio redirecto, con el objeto de destruir la veracidad o credibilidad de tal prueba de rehabilitación, e insistir en al refutación de la credibilidad del testimonio o de la persona del testigo o perito. El interés público tiene primacía sobre el sector privado.”. ¿Y qué diré?, 1º Edición, Heliasta, Buenos Aires, 1994. Y la tercera, que se muestra favorable a la obtención de la verdad, tanto por su posibilidad teórica, como lo muestran las orientaciones modernas a favor de la verdad jurídica, como lo sostienen el realismo crítico, el empirismo interno y el relativismo epistemológico; como por su posibilidad práctica, pues se afirma que frente a las objeciones a los límites de las reglas legales, se sostiene que hay que ponderar en su justa dimensión la incidencia de las normas legales en la actividad probatoria, pues son esencialmente residuales y porque se disminuye su impacto con la libertad de prueba y su libre valoración; así como la que afirma que estamos en presencia de una verdad relativa, pues hay una limitación de instrumentos cognoscitivos, y porque además es una verdad relativa a su contexto, que dependerá de los medios cognoscitivos disponibles, así como de la estructura de referencia, como son las presuposiciones, los conceptos, las nociones y las reglas que se tengan respecto de la realidad que se pretende indagar. SÁNCHEZ ESCOBAR, Carlos Ernesto, Revista Divulgación jurídica, Unidad Técnica Ejecutiva del Sector Justicia (UTE), número 4, año 6, San Salvador, agosto de 1999. Escritos de pasada … [56] RIVERO SÁNCHEZ, Juan Marcos, en Proceso, democracia y humanización…, p. 81. El relato y otras distorsiones al sistema adversativo. El refrescamiento de memoria es una técnica que habilita al litigante a realizar el uso de las declaraciones previas, procedimiento que se sirve del documento en el que el testigo sentó su declaración. Abel Escobar Ladrón De Guevara: Distinguido jurista, maestro y postulante. 3. 172 de la Constitución de la República de El Salvador, señala que: “(…) Corresponde exclusivamente a este Órgano la potestad de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado (…)”, con lo cual queda claramente delimitada en qué consiste la principal actividad de este Órgano del Estado, De igual forma, la misma Constitución no sólo ha reconocido el deber de imparcialidad de los jueces, sino que además, la Constitución le ordena al legislador la especial protección a tal imparcialidad, Reconocida como una garantía orgánica del proceso penal, Además señala que ello “ha contribuido a borrar ciertas características de la tarea del tribunal judicial, imprescindibles para sostener la imparcialidad (falta de interés en la decisión del caso) y su arribo a la decisión con la menor cantidad de perjuicios; (…) (y) se vincula con el desprecio absoluto por el valor material de la voluntad de los protagonistas del caso”, La Constitución de El Salvador no prescribe que el juicio debe ser oral, más bien el art.11 Cn. ESCRITOS PARA REFRESCAR MEMORIA. 12 Cn), y derivado de dicha presunción, el que la carga de la prueba corresponda a quien acusa, el derecho del  imputado a autoincriminarse, a no ser obligado a declarar en su contra, a abstenerse de declarar y que a su silencio no se presuma en su contra. Al testimonio dado con refrescamiento de memoria y al testimonio sin refrescamiento de memoria ? En el proceso penal, s afirma, tal desequilibrio y desigualdad inicial se logran compensar a través de la inviolabilidad de la defensa, constituyendo una forma de equiparar y de poner en condición de igualdad al imputado frente al Estado. La introducción de la oralidad supuso una ruptura al paradigma de la escritura en el proceso penal salvadoreño, a partir de la adopción de un modelo con mayores características del sistema acusatorio.. EL JUICIO ORAL El refrescamiento de la memoria: 4.- De igual forma, “la creencia en el valor del diálogo” propio del principio democrático consagrado en la Constitución[70], se proyecta sobre el juicio penal, y en especial en la prueba, que tiene una naturaleza controversial, lo que implica un combate de posiciones , una confrontación de teorías sobre la realidad ontológica, ya que el proceso es inter partes, contradictorio, dialéctico; por lo que es preferible, para efectos de la estrategia del caso planteado por las partes, que la información que fluye del testigo o perito no sea espontánea, desordenada, impertinente, sino que es preferible que esa información surja en forma ordenada, y conforme a los hechos y circunstancias que la parte quiere establecer conforme a su estrategia[71]. Sin embargo, las técnicas de oralidad no se limitan al interrogatorio de los órganos de prueba, sino que también existen técnicas de oralidad que se relacionan con todo el debate[85].De ahí que se hablan de técnicas respecto a los alegatos iniciales, al interrogatorio propiamente dicho, el cual se divide en: Interrogatorio directo, el contrainterrogatorio, el interrogatorio redirecto y el contrainterrogatorio; las objeciones por vicios de forma y de fondo, y el trámite de su resolución, y finalmente, en cuanto a los alegatos finales. Justicia transicional - Colombia 3. 352, sobre la posibilidad del tribunal de sentencia de acordar prueba de oficio para mejor proveer. El objeto del interrogatorio redirecto es contrarestar el efecto jurídico y fáctico de la impugnación del testigo lograda a través del contrainterrogatorio, siendo una oportunidad que provee el sistema adversativo, de aportar prueba de apoyo para rescatar o fortalecer la credibilidad del testigo. (Resaltado en negritas mío). • Superar la contradicción. Hay que recordar que el art. El testimonio debe ser imparcial declarando de forma clara la verdad del hecho que percibió por medio de los órganos de los sentidos. La parte que lo sometió al primer interrogatorio, podrá interrogarlo nuevamente,, después del interrogatorio; así como también, la parte contraria podrá sometelo a nuevo contrainterrogatorio, a continuación del precedente. Al compararlo con un “teatro”, se exige de los intervinientes, que “actúen” de  acuerdo al rol que tengan, a efecto de lograr la credibilidad en su actuación. imitar su actividad a la función decisora de las pretensiones en conflicto y a ser un contralor de garantías, al momento del debate, a fin de que lleve a cabo un proceso con plena igualdad de armas y oportunidades, e impidiendo los excesos de uno sobre otro. abril 29, 2015. Weblimite el ejercicio de un derecho atribuido por este Código o que establezca sanciones procesales, deberá ser interpretada restrictivamente. Ello, no sólo por cuestión  de orden y de dirección de la audiencia, sino porque las partes en litigio no están ventilando la solución del conflicto, ni a través de la autotutela ni la autocomposición, sino que su litigio está sometido a la jurisdicción; y por lo tanto, las comunicaciones deben estar dirigidas hacia el juez, y no a las partes entre sí. Dada la configuración del juez dentro de la garantía orgánica de imparcialidad, su calidad de sujeto supra partes, y sobre todo porque el proceso es eminentemente contencioso de partes, la ‘verdad’ sobre los hechos ha de fluir de tal debate, de tal confrontación, mediante el interrogatorio y contrainterrogatorio al testigo o perito, el juez no debe interrogar sobre los hechos. El examen del testigo supone un interrogatorio central (sobre el tema central) y un interrogatorio periférico (acerca del tema periférico común o particular), con la finalidad de establecer la credibilidad del declarante y a partir de allí obtener elementos probatorios para determinar el hecho investigado. Asimismo, el … Prohibida su venta. De ahí, que frente a ese sistema que privilegia la búsqueda de la verdad real a cualquier costo o a costos sumamente gravosos contra la dignidad humana como lo supuso el inquisitivo, se hayan levantado barreras y garantías para proteger a la persona sometida al proceso; siendo la abstención total o parcial y la declaración sin que se requiera juramento o promesa, algunas de estas manifestaciones (el art. 29-ago-95), la dirección funcional de la fiscalía en la policía de investigaciones (HC 6-B-96 13:30 hrs. [67] Ver: GOLDBERG, Steve H., Mi primer juicio oral. WebPENAL. [30] LLOBET RODRÍGUEZ, Javier, Proceso penal comentado, Imprenta y Litografía Mundo Gráfico San José, 1998, p. 126-134. BERGMAN, Paul, La defensa en juicio…, p. 158. Técnicas específicas para maximizar el impacto persuasivo del contraexamen. En cuanto a tal obligación de probar las afirmaciones, tenemos como excepción a la inocencia, que es una presunción iuris tamtum, y mientras no se destruya, se mantiene vigente. 39. La técnica o acto por el cual un declarante brinda información ante el órgano jurisdiccional es el interrogatorio, el cual es practicado por el abogado oferente del medio de prueba mediante preguntas que deben cumplir los lineamientos señalados en el artículo 373 del ordenamiento antes señalado. MONTERO AROCA, Juan, Introducción al Derecho Procesal, jurisdicción, acción y proceso, Tecnos, Madrid, 1976. Lo cierto es que en el sistema adversativo y acusatorio, no se privilegia excesivamente la situación del imputado con el mismo tratamiento que en modelo continental: Obviamente él tiene derecho de abstenerse de declarar, derecho que es disponible; y puede decidir renunciar a él por razones y necesidades estraté El interrogatorio redirecto, que es el segundo interrogatorio que realiza la parte que ofreció al testigo y lo interrogó de primero, a fin de rehabilitar el testigo o el testimonio; y el recontrainterrogatorio, o segundo contrainterrogatorio, que puede realizar nuevamente la contraparte, luego del segundo interrogatorio por la parte que ofreció al órgano de prueba. En el caso del Principio de Oficialidad y subprincipios de Estatalidad, oficiosidad, etc., existe mayor protagonismo de la víctima a través su participación directa o a través del querellante, la conciliación, o lo que se ha dado en llamar la “tercera vía” del derecho penal, como lo es la reparación del daño; el Ministerio Público puede prescindir de la persecución penal mediante los criterios de oportunidad, entre otros. En este caso, la audiencia se suspenderá hasta que el superior decida sobre la apelación. MONTERO AROCA, Juan; ORTELLS RAMÓN, M; GÓMEZ COLOMER, José Luis; Derecho Jurisdicción, Bosch Editor, 3º Edición, Barcelona, 1993, Tomo I, Parte General. La ley no podrá modificar o derogar lo acordado en un tratado vigente para El Salvador. Su permanente y amplio ejercicio profesional como litigante –desde el rol de la Fiscalía– le ha permitido implementar en más de cincuenta juicios orales penales las técnicas de litigación especializadas que, a su vez, ha enseñado y sigue enseñando en la Universidad de Guanajuato, la Escuela Libre de Derecho, la Benemérita Universidad de Oaxaca, y otras a lo largo y ancho de México. Incluso las pruebas del tipo de los documentos y las fotografías no son más que fragmentos  de la realidad, y su valor probatorio, a menudo, depende de las descripciones verbales.[20]. WebMemoria seminario derecho procesal penal, género y violencia sexual DEMUS – Estudio para la defensa de los derechos de la Mujer Dirección: Jr. Caracas 2624 – Jesús María Teléfonos: 463-1236 / 463-8515 demus@demus.org.pe www.demus.org.pe María Ysabel Cedano García, Directora de DEMUS Coordinación y edición: Sayda Lucas Aguirre Fundamentada, es decir que la objeción debe basarse correctamente, señalándose con precisión el vicio o causa de la inadmisibilidad de la pregunta; sólo así se coloca debidamente al juzgador, en posición de poder resolver o adjudicar en forma justa el señalamiento. Pues es la forma de contextualizar la pretensión. Tal interrogatorio es conocido como el “cross” o interrogatorio cruzado, pues es la contraparte de quién ofreció al testigo o perito quien lo contrainterroga. En el mismo sentido, MONTERO AROCA, Juan, Introducción al Derecho Procesal, jurisdicción, acción y proceso, Tecnos, Madrid, 1976, p. 244-256. FERRAJOLI, Luigi, Derecho y Razón…, p. 574. Esa caracterización de los nuevos roles (actividad de las partes y pasividad del juez) tiene su manifestación en la fase plenaria del proceso, la fase de contradicción o juicio, y que ha sido tomada por el legislador salvadoreño en su art. Código de Procedimiento Penal Chile. 2) Fundamentar la existencia de una declaración previa en la que el testigo recuerda ese hecho. Presupuestos básicos para un control constitucional efectivo en materia de tratados internacionales y reformas constitucionales, Reflexiones sobre la obstrucción legal a las candidaturas independientes en México. Control del … El agua como derecho humano y su privatización. 3° Dirigir la investigación del delito con la colaboración de la Política Nacional Civil en la forma en que determine la ley. “Sugerir” tiene dos acepciones principales: (1) “hacer entrar en el ánimo una idea o cuestión”, (2) “dominar la voluntad de una persona llevándola a decir o hacer lo que no quiere”. Constitución de la República de El Salvador (1983 y sus reformas). En el nuevo proceso penal, el juez debe cumplir una labor pasiva en la actividad probatoria, pues es ajeno a las pretensiones en disputa; siendo la acreditación de ‘la verdad’, una actividad     que le corresponde estrictamente a las partes. Por lo contrario, en el interrogatorio directo, debe formularse en este sentido: ¿Qué vio?, pues con ello, el interrogador no sugiere la respuesta al testigo, sino que es el interrogado quién aporta el dato objetivo o elemento de prueba al responder la pregunta, suministrando él los datos, y no el interrogador. Calle 70 No 7-30, Piso 8, Bogotá; D.C. (Colombia). or. WebMemoria de derecho penal: (2018/2019) INDICE: 1 de clase: 1 Duración de la pena 1 Crisis de la pena de prisión 1 Localización permanente 1 Suspensión de la pena de prisión 1 … 172 de la Constitución de la República de El Salvador, señala que: “(…) Corresponde exclusivamente a este Órgano la potestad de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado (…)”, con lo cual queda claramente delimitada en qué consiste la principal actividad de este Órgano del Estado[48]. Ok. Circunstancias que conllevan a la impugnación del testimonio. Fundamentos sobre la introducción de las técnicas de interrogatorio. Consciente o inconscientemente, de modo constante los sentidos reciben información objetiva del entorno: colores, sombras, destellos, silencio, ruido, música, sabores, texturas, temperatura, olores. Art. 3: Vista Pública. El presente trabajo tiene por objeto presentar en forma descriptiva, evolutiva y reflexiva, la introducción de las técnicas de oralidad, y específicamente las del interrogatorio, en el juicio oral salvadoreño. [18] BERGMAN, Paul, La defensa en juicio. [124] Lo comprara con un “teatro” porque la “verdad” lo que sucedió realmente- carece de significado independiente. Se entienden por preguntas sugestivas, aquellas que sugieren las respuesta. [90] Evidencia de refutación o de contradicción, es la que establece hechos que contradicen con el del adversario; es prueba contradictoria, que tiene por objeto minar o contradecir la prueba del contrario, BERGMAN, Paul, La defensa en juicio…, p. 27. Sólo un tanto por ciento muy escaso de testimonios espontáneos, dicen todo lo que interesa y nada más que lo que interesa, como señala MIRA Y LÓPEZ [69]. Dentro de ellas puede ser el hecho que el declarante se le haya aplicado algún criterio de oportunidad para declarar en contra del imputado, punto que puede ser explotado por la contraparte para cuestionar su credibilidad. El sistema adversativo propio del modelo acusatorio, exige un nuevo rol a los intervinientes en el proceso penal, que se caracteriza por la actividad de las partes y por la pasividad del juez. En las técnicas de interrogatorio, la carga de la prueba se traduce en que a quien le corresponde probar o acreditar las afirmaciones de la acusación, es a la Fiscalía, al querellante, al actor civil o la víctima, pero especialmente a la Fiscalía, quien es el titular de la pretensión punitiva, conforme al ordenamiento jurídico salvadoreño[46]. Estos métodos de confrontación de las declaraciones en el juicio utilizan técnicas para evidenciar o superar contradicciones, para refrescar memorias, … Una de las instituciones importantes, como se ha señalado, es la introducción de las técnicas de oralidad, y dentro de éstas, el de las técnicas de interrogatorio. frente a lo cual, la contraparte, con el propósito de refrescarle la memoria al informante o impugnarle su credibilidad, puede hacer uso de declaraciones anteriores rendidas por este, siempre que hubieran sido objeto de descubrimiento por cualquiera de los sujetos procesales en la instancia señalada por la ley (M.P. Por su parte, el Juez no sólo debe “ser” imparcial. El Tribunal Constitucional niega, a través de la sentencia 19/1988, que comprometa el derecho a la libertad o el principio de igualdad sobre la base de que existen otras posibilidades de cumplimiento que resultan menos lesivas y de que se trata de una sanción sustitutiva. De ahí que fuera necesario delimitar la actividad del juez en el interrogatorio del testigo o perito, simplemente a verificar los datos generales sobre su identidad, pero no los aspectos relativos a su credibilidad, El relato espontáneo tiene el defecto de ser, por una parte, incompleto, y por otra, irregular, pues el sujeto no se extiende uniformemente en su explicación; y además, ofrece demasiado material impertinente, pues en múltiples ocasiones elementos interpelados que nada son útiles, antes bien, sólo sirven para hacer perderse a quien los consulte en detalles sin importancia, siendo esos impertinentes, irrelevantes e inútiles. Litigación. dición, Heliasta, Buenos Aires, 1994, p.147 y ss. Por ello fue necesario reformar el referido art. Con tal procedimiento, se salvaguardaría el trabajo de las partes con sus interrogatorios, no se ganarían la apatía o antipatía del Jurado al objetar las preguntas inadmisibles, el Juez ejercería un control sobre dicho interrogatorio, que sería realizado por las partes. Por otro lado, aunque se tache al testigo, el juez no podrá rechazar dicho testimonio, ya que solo se impugna para que el funcionario administrador de justicia, analice bajo las reglas de la sana critica la imparcialidad de este, por ende, el medio de prueba debe ser valorado con mayor rigurosidad, y de esa forma podrá fallar en derecho, como lo indica la Corte Constitucional en su Sentencia C-790/06 así: «Por cuanto si bien la sola circunstancia de que los testigos sean parientes de una de las partes, no conduce necesariamente a deducir que ellos inmediatamente falten a la verdad, la razón y la crítica del testimonio aconsejan que se le aprecie con mayor severidad, que al valorarla se someta a un tamiz más denso de aquel por el que deben pasar las declaraciones libres de sospecha». El caso del naufragio de migrantes de África subsahariana, Pakistán, Siria, Marruecos y Bangladés. Webanalizar las violaciones de los derechos alegados en el caso concreto. De ahí, que frente a ese sistema que privilegia la búsqueda de la verdad real a cualquier costo o a costos sumamente gravosos contra la dignidad humana como lo supuso el inquisitivo, se hayan levantado barreras y garantías para proteger a la persona sometida al proceso; siendo la abstención total o parcial y la declaración sin que se requiera juramento o promesa, algunas de estas manifestaciones (el art. Fundamentos de la relación procesal penal. Webderecho penal internacional, en Pesadilla de la sociedad de la informa-ción: los delitos informáticos de Israel Trujillo Márquez, el autor nos sitúa en el contexto de un mundo global en el que el uso de los medios electrónicos da lugar a que se realicen conductas delictivas antes no contempladas en los ordenamientos penales, de tal manera WebGUSTAVO MALO CAMACHO DERECHO PENAL MEXICANO TEORÍA GENERAL DE LA LEY PENAL TEORÍA GENERAL DEL DELITO . [16] Siguiendo las distintas nociones del término ‘prueba’ que propone CAFFERATA. [104] La repetitividad de las preguntas ha de referirse a temas ya agotados en el interrogatorio, y no debe confundirse con el examen que hace la contraparte en el interrogatorio, en el que ha de permitirse que interrogue sobre tales puntos o extremos acreditados en le interrogatorio directo, hasta que hayan sido suficientemente examinados, ya a juicio del juez al resolver la objeción por repetitividad como se verá más adelante. MAIER, Julio B.J., Derecho Procesal Penal, Tomo I, Editores del Puerto s.r.l., 2º Edición, Buenos Aires, 1996. Explican la infracción al deber de cuidado y creación de riesgo desaprobado, Conozca sobre la improcedencia del principio de confianza cuando hay deber de vigilancia. 348 CPP, señala “El presidente del tribunal podrá autorizar al perito o testigo que consulte documentos, notas escritas o publicaciones, cuando por la naturaleza de la pregunta tal fuere necesaria, sin que por este solo hecho, tales documentos puedan incorporarse como prueba a la vista pública.”; Obviamente, tal consulta operará por ofrecimiento de tal documento al testigo o perito, y como se señala, debe ser autorizada por el tribunal. WebAsí lo informó la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia luego del análisis del artículo 393 del Código de Procedimiento Penal, según el cual la finalidad del contrainterrogatorio … En el modelo adversativo-acusatorio se abandona la figura de la declaración indagatoria, nacida en el seno del sistema inquisitivo, así como algunos de los derechos, garantías y privilegios surgidos como barreras frente al inquisidor; teniendo en común muchos derechos fundamentales, pero en el caso específico se establece que si el imputado renuncia a su silencio, debe declarar bajo juramento y lo que diga puede ser usado en su contra. La teoría fáctica comprende las hipótesis descriptivas (Ejemplo: lugar, fecha, horas, golpiza, etc.) 348 CPP señala que el juez debe procurar que el interrogador no ejerza presiones indebidas ni ofenda la dignidad del declarante. [83] MARROQUÍN GALO, José Frenando, ¿Existe conflicto…, p. 10. WebEn tal sentido, se podría agregar que las objeciones en el proceso penal acusatorio y oral se formulan con la intención de destacar lo siguiente: – La falta de capacidad del testigo – La falta de pertinencia del testigo o de su dicho – La falta de capacidad del interrogador – Que el perito no está calificado – Refrescar memoria 348 CPP, presentaba además un escollo insalvable con la prohibición de las preguntas sugestivas, que son el principal instrumento del contrainterrogador. ¿Se puede confrontar (evidenciar contradicción) al acusado con su declaración previa? Webcontradicciones, o con el fin de solicitar. y explicativas (Ejemplo: Móvil: celos, venganza, ánimo de lucro, etc. Derecho a la Seguridad Social de migrantes en situación irregular; Derechos Humanos y Democracia; Juicio de Amparo y Nuevo Sistema de Justicia Penal: … 348 CPP, regula este tipo de interrogatorio al plasmar “(…) La parte lo que sometió al primer interrogatorio, podrá interrogatorio, podrá interrogarlo nuevamente, después del contrainterrogatorio;(…)”. 12 de la Constitución de la República de El Salvador: “Toda persona a quien se le impute un delito, se presumirá inocente mientras no se pruebe su culpabilidad conforme a la ley y en juicio público, en el que se le aseguren todas las garantías necesarias para su defensa.”, Art. Tal libreto o pieza teatral es presentada a un auditorio que está compuesto no sólo por el público, sino en especial por el Jurado, el Tribunal colegiado o el Juez unipersonal, quienes son los que valorarán la credibilidad de su obra[124]. WebPASOS PARA REFRESCAR MEMORIA USO DE DECLARACIONES ANTERIORES EN JUICIO E INCORPORACION PRUEBA DOCUMENTAL USOS DECLARACIONES ANTERIORES Que son las Declaraciones anteriores o previas. Interrogar al testigo previamente sobre los hechos, pues es un presupuesto que la norma establece, sin … De esta manera, el máximo juez de la justicia ordinaria precisó que la mencionada regla establece que el testigo pueda ser indagado en el contrainterrogatorio por cualquiera de los temas o afirmaciones hechas en el proceso. En el juicio oral, pues, debe aportar la prueba mínima de cargo, suficiente para lograr la convicción del juez respecto de sus pretensiones; y tiene un rol muy activo acreditando tales extremos y desacreditando los extremos probatorios ofrecidos por la defensa. EXCELENTE PONENCIA ESTIMADA Dr. GIULIANA LOZA¿De que manera se debe estructurar de manera estratégica, una teoría del caso?. 87 14 Así mismo, es el juez quien debe valorar de una forma real el testimonio llegando a su convencimiento de acuerdo a las reglas de la lógica y las máximas de la experiencia sin dejar a un lado el principio de la buena fe en la actuación del testimonio, a fin de llegar a la verdad procesal. LÓPEZ GUERRA, Luis; y otros, Derecho Constitucional, Tirant lo blanch, Valencia, 1991, Tomo I. LLOBET RODRÍGUEZ, Javier, Proceso penal comentado, Imprenta y Litografía Mundo Gráfico, San José, 1998. CHEISA APONTE, Ernesto L., Derecho procesal penal de Puerto Rico y Estados Unidos, Editorial Forum, Primera Reimpresión, Volumen I, San Juan, 1995. ¿Procede en la justicia penal militar la aplicación de subrogados penales y mecanismos sustitutivos? 198- 199. [105]; y debe planificarse, es decir, determinar si se realiza o no se debe contrainterrogatorio, y para ello se aconseja que no se debe contrainterrogar por el simple hecho de hacerlo; no se debe hacer uso del ‘azar’,  pues puede ser contraproducente para sus fines, por lo que una planificación cuidadosa y metodológica ayuda a minimizar los riesgos, pues ni los puede evitar en su totalidad, y en base a ello, el litigante debe decidir si contrainterroga o no. 0 e) La “última palabra”: víctima o imputado. La metodología empleada será en principio, una reflexión sobre los fines de la reforma procesal penal, a partir de la configuración constitucional del proceso, y la asunción de los nuevos roles que deberían asumir los intervinientes; y de ahí analizar el contenido, alcances y límites a la reforma del art. 173-243. Inicio 10 de agosto de 2022. Webacusatorio-adversarial, garante de los derechos humanos, enmarcados en los tratados internacionales ratificados por México, y con apego a la Constitución Política del país, lo cual se ve plasmado en el Nuevo Código Procesal Penal del Estado de Oaxaca, que entrará en vigor, el 9 de septiembre de este año, en WebSi quieres aprender más, sigueme en Facebook: https://www.facebook.com/TuAbogadoVirtual/Mucho contenido jurídico en mi web: … Reconocida como una garantía orgánica del proceso penal[51], junto a la independencia y naturalidad del juez, la imparcialidad del juez, que FERRAJOLI denomina ‘terzieta’, está motivada a la “ajenidad del juez a los intereses de las partes en la causa”[52], supone a nivel institucional, la separación entre le juez de la acusación[53]. Por otra parte, me parece impráctica la actual regulación de la declaración del imputado, pues sus incoherencias, contradicciones y mentiras no pueden ser valoradas, a menos que confiese. 4.3. Juan Sebastián Fajardo es abogado litigante y docente universitario de la Universidad del Rosario. Coordinador Académico de, Artículo 438 Ley 906/04: “También se aceptará la prueba de referencia cuando las declaraciones se hallen registradas en escritos de pasada memoria o archivos históricos.”. Doctora, puede realizarse la técnica para evidencia contradicción, sobre la base de un video o acta de transcripción de video, en el cual se ha registrado la declaración de una testigo que brinda ante los medios de comunicación? El testimonio podrá ser impugnado cuando este se encuentre en alguna de las circunstancias señaladas por el artículo 211 del código general del proceso, así: Por ejemplo, es difícil suponer imparcialidad en el testimonio dado por un padre en favor de su hijo, de allí que la ley permite la impugnación de ese testigo. Se garantiza al detenido la asistencia de defensor en las diligencias de los órganos auxiliares de la administración de justicia y en los procesos judiciales, en los términos que la ley establezca. COPI, Irving M., Introducción a la lógica, Editorial Universitaria de Buenos Aires (EUDEBA), Buenos Aires, 1969. Prueba de referencia, es decir, cuando el testigo suministrará una información que no le consta sino que la supo por referencia de otro  u otros; Materia privilegiada, cuando se solicita que declare sobre aspectos que comprenden un secreto profesional o estatal; Falta de capacidad testifical, cuando s le pregunta al testigo que declare sobre los hechos que no le pudieron hab. Finalmente, el inciso último del art. [19] Así en la Resolución 2000-735, pronunciada por el Tribunal de Casación Penal de Costa Rica, integrado por los jueces DAL‘ANESE, LLOBET Y OBANDO, de 25 de setiembre de 2000, en el recurso de Casación interpuesto en el caso Costa Rica contra Arce Arista, el Tribunal señala: “(…) (ii) El examen del testimonio no puede olvidar su proceso de formación, comenzando con la recepción de datos objetivos por medio de los sentidos, la percepción o la idea a partir de la información recibida sensorialmente, y la comunicación de esa idea que tiene su propio proceso. Doctora, si un testigo cuenta con dos declaraciones previas que resultan ser disimiles entre sí, como podría aplicarse la técnica de refrescamiento de memoria o evidenciar contradicción? Y GIMENO SENDRA, José Vicente, Fundamentos de Derecho Procesal, jurisdicción, acción y proceso, Civitas, Madrid, 1981, pp. Se denomina testigo a la persona que conoce un hecho materia de investigación dentro de un proceso judicial, quien debe brindar su declaración en forma escrita o mediante la práctica del interrogatorio. uno de los principios que rige el proceso el proceso penal acusatorio y oral es la contradicción. Son propósitos defensivos los que buscan desacreditar el testimonio del testigo adverso, Dentro de las técnicas aplicadas a las preguntas, hay que distinguir las preguntas de máxima seguridad, La explotación de detalles: Dado que se parte de un testigo sincero y sagaz, debe tratar de explotar los detalles con la esperanza que la historia es inverosímil por dos razones: O bien el testigo no puede suministrar detalles suficientes o el testigo pretende suministrar tantos detalles que la historia llega a ser irreal, al exagerar en ellos, y que el juzgador llegue a inferir que la versión es verosímil depende en parte de la fuerza de los detalles, “Si lo que Usted dice es cierto…”: Con ésta técnica, el interrogador también puede pescar mientras esquiva un ataque frontal, examinado el relato del testigo en concordancia con la experiencia común. [17] FERRAJOLI, Luigi, Derecho y razón …, p. 606. Falta de pertinencia de la pregunta con relación al objeto del debate. 408-503. WebRELEVANTE SALA DE CASACIÓN PENAL M. PONENTE: PATRICIA SALAZAR CUELLAR NÚMERO DE PROCESO: 44950 NÚMERO DE PROVIDENCIA: SP606-2017 CLASE DE … En concreto, en los juicios de faltas y tránsito, el juicio ‘in voce’ fue prácticamente inexistente; mientras que la Vista oral del Jurado estaba diseñada para que la prueba en general se introdujera mediante lectura de la minuta y actas, y aún las deposiciones de peritos y testigos eran incorporadas por su lectura. E Ello es una carga tanto par la acusación por medio de la Fiscalía, con la aportación de los medios probatorios que acrediten los extremos de su pretensión; como para la defensa, en su derecho de resistencia a dicha pretensión, con la desacreditación de tales extremos probatorios, la refutación de los alegatos y la aportación de prueba de descargo, la que también será controvertida por la defensa. 348 CPP salvadoreño[2], que retoma las técnicas propias del sistema adversativo. En consecuencia, estas declaraciones documentadas pueden utilizarse (i) para refrescar la memoria del testigo o impugnar su credibilidad; (ii) como prueba de … Estructura del examen directo de peritos: particularidades frente a la acreditación de su idoneidad, Utilización del “lenguaje espejo”, y otras herramientas comunicativas para el examen directo de peritos, particularidades de una adecuada sustentación del dictamen pericial, Parámetros para la utilización de “evidencias demostrativas”, Generalidades y mandamientos del contraexamen, Vías de impugnación de credibilidad; 2a.
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